Desconexión laboral: Un nuevo desafío para la optimización empresarial

En los últimos años, el sector empresarial ha tenido que afrontar grandes retos, con el fin de mantener su estabilidad y crecimiento. Esto en gran medida, debido al hecho de tener que integrar de manera permanente, la virtualidad a su ambiente y procesos laborales; trayendo esto consigo, notables cambios en las políticas de supervisión y evaluación de desempeño de sus colaboradores.

Así las cosas, ante la necesidad de adaptarse a los cambios que exigen las nuevas legislaciones, las empresas iniciaron un largo camino que aún se está construyendo, hacia la implementación de técnicas de control y efectividad, con el propósito de encontrar el punto de equilibrio en el que la virtualidad y el trabajo en casa, se traduzca en cumplimiento de metas a la par de productividad de los empleados.

Sin embargo, a pesar de los evidentes esfuerzos del gremio empresarial para adaptarse a estas nuevas medidas, desde el Gobierno, se han venido gestando nuevas normas, que buscan regular la aplicación de la virtualidad en materia laboral, las cuales a su vez, han traído consigo una serie de incertidumbres y dudas, sobre este tema.

Aunado a lo anterior, tomando como referencia la Ley 2191 de 2022, que tiene como fin crear, regular y promover la desconexión laboral de los trabajadores en las relaciones laborales, trajo consigo el concepto de desconexión laboral, y con ello, una “nueva regla” para los empleadores, quienes deben ceñirse a esta, para no incurrir en conductas consideradas como acoso laboral.

Ahora bien, otro de los aspectos relevantes que nos presenta la mencionada norma, es la de necesidad de crear políticas internas sobre la desconexión laboral, debiendo ser socializadas y aplicadas por todos los colaboradores de la compañía, las situaciones que constituyen vulneración de los derechos de los trabajadores en este aspecto; claro está, la Ley 2191, nos presenta algunas excepciones sobre su aplicación, como por ejemplo, Trabajadores y servidores públicos que desempeñen cargos de dirección, confianza y manejo; aquellos que por la naturaleza de la actividad o función que desempeñan deban tener una disponibilidad permanente (fuerza pública y organismos de socorro); y, Situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, en las que se requiera cumplir deberes extra de colaboración con la empresa o institución, cuando sean necesarios para la continuidad del servicio o para solucionar situaciones difíciles o de urgencia.

Cabe resaltar que el fin perseguido por la Ley 2191 de 2022 es imperioso, para que los vínculos laborales en esta nueva realidad, se cimenten desde el respeto, puesto que fijar límites sobre el horario laboral y las jornadas de descanso, es necesario para garantizarle a los trabajadores tiempo libre y calidad de vida.

Finalmente, sin tener mayores opciones que aplicar las normas que en materia de virtualidad se han expedido, los empresarios deben tomar como tarea prioritaria, el diseño de políticas internas, definiendo con detalle aspectos de la desconexión laboral con base a la norma, buscando con ello delimitar las conductas que constituyan vulneración a los empleados y en consecuencia, evite controversias sobre acoso laboral.

Títulos Académicos:
PG: Abogado, Universidad Simón Bólivar.

Especialista en Derecho Comercial, Universidad Externado de Colombia (2017).

Especialista en Derecho Tributario, Universidad Autonoma del Caribe (2011).

Diplomados:
CAMARA DE COMERCIO DE BOGOTA
Empresas de familia 2020
PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
Formación académica en Insolvencia e Intervención 2018
UNIVERSIDAD SIMON BOLIVAR
Actualización en Jurisprudencia 2008

CRISTIAN GONZALEZ MUÑOZ
Abogado

Experiencia de más de 10 años en la asesoría de empresas privadas.

Su trayectoria en el área societaria empieza cuando se vinculó como asesor permanente de varias empresas privadas ubicadas en la ciudad de Barranquilla, quienes a traves de sus recomendaciones han podido adoptar una politica preventiva y no correctiva en sus actos societarios y administrativos.

Es experto en planificar estrategias empresariales que desde el punto de vista laboral y tributario sean beneficiosas para sus clientes.

Se desempeñó tambien como Asesor tributario en calidad de contratista del área de Cobro Coactivo de la Dirección Distrital de Liquidaciones de Barranquilla.

Asi mismo, desde el cargo de Asesor Tributario para la oficina de impuestos adscrita a la Secretaria de Hacienda de la Alcaldía de Soledad, pudo abanderar el proceso de mas alto recaudo tributario que ha podido mostrar dicha entidad.

Actualmente se encuentra vinculado a la Empresa GONZALEZ LAWYERS GROUP SAS, en el cargo de Gerente General.

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